GUÍA · DENUNCIA DE VENTA
Denuncia de venta automotor: cómo hacerla online, qué pasa después y cómo verla antes de comprar
La denuncia de venta es la comunicación al Registro del Automotor de que entregaste el auto. Desde ese día dejás de responder por lo que haga el comprador y, si no transfiere, el registro termina prohibiendo la circulación y pidiendo el secuestro. Se hace online, cuesta 4 módulos y, para quien compra, es un dato que conviene mirar en el informe de dominio antes de firmar.

La denuncia de venta es la comunicación al Registro del Automotor de que entregaste el auto: desde esa fecha dejás de responder por lo que haga el comprador, y rentas y tránsito cambian el obligado. Se hace online en el sitio de trámites del DNRPA (persona humana, único titular, pago con VEP) o en el registro con la Solicitud 11 o TP, cuesta 4 módulos (3 para una moto) y, si el comprador no transfiere, a los 30 días hábiles el registro dispone la prohibición de circular y el secuestro. Al comprador le conviene verla en el informe de dominio antes de firmar.
Qué es la denuncia de venta
Es la comunicación que hace el titular registral al Registro Seccional donde está radicado el auto para dejar asentado que lo entregó a otra persona, sea cual fuere el tiempo transcurrido desde la entrega (Digesto del DNRPA, Título II, Capítulo IV, artículo 1). Se instrumenta con la Solicitud Tipo 11 o TP y tiene que decir el dominio; el nombre, el documento y el mail del vendedor; el nombre y el documento del comprador (o la razón social y el CUIT); su domicilio, o la leyenda «domicilio del adquirente: desconocido»; y el lugar y la fecha de entrega, aproximada si no la recordás. Si tenés un boleto o un recibo, se adjunta copia.
El efecto, en una frase: desde que comunicás la tradición dejás de responder civilmente por los daños que cause el auto en manos del comprador, el registro avisa a rentas y a tránsito para que cambien el obligado desde esa fecha, y el comprador queda obligado a transferir (Régimen Jurídico del Automotor, artículo 27).
Cómo se hace online, paso a paso
Desde la Denuncia de Venta Electrónica (Digesto, Capítulo IV, artículos 23 a 27) el trámite se hace completo sin ir al registro, si sos persona humana, único titular y pagás desde una cuenta a tu nombre:
- 1. Entrá al sitio del DNRPA (dnrpa.gov.ar), «Turnos e inicio de trámites», «Trámites online», e iniciá el trámite: en «Selección de trámite» elegí Denuncia de Venta.
- 2. Precargá todos los datos: el dominio, tus datos y tu mail (ahí te llega la constancia), los del comprador y, si los tenés, su mail y su domicilio, y el lugar y la fecha de la entrega.
- 3. Pagá el arancel con un VEP generado con tu CUIT o CUIL, desde una cuenta bancaria registrada a tu nombre: el sistema valida que la CUIT de quien paga sea la del titular del dominio y cruza los datos con el RENAPER.
- 4. El Encargado del registro emite el recibo, procesa la Solicitud TP con el número del VEP en el lugar de tu firma y la firma electrónicamente; la constancia de inscripción te llega por mail, con un código para validarla en el sitio del DNRPA. Según argentina.gob.ar, demora 48 horas si no hay observaciones.
- 5. Si la CUIT no coincide, hay más de un titular o el titular es una empresa, hacés la misma precarga, sacás turno y vas al registro a certificar la firma y retirar el trámite.
La denuncia electrónica no reemplaza la transferencia: no sirve para que el comprador inscriba el auto a su nombre (artículo 26). Para eso sigue haciendo falta el formulario 08.
Cuánto cuesta
Desde el 1 de septiembre de 2026 los aranceles del Registro se expresan en módulos (MRPA): la comunicación de haber realizado la tradición, que es la denuncia de venta, cuesta 4 módulos para un auto y 3 para una moto, con la certificación de firma incluida (anexos I y II de aranceles del DNRPA). El módulo vale la mitad de una UVA y se actualiza cada cuatro meses: con la UVA del 31 de agosto de 2026 ($2.096,27) da $1.040, así que la denuncia de un auto ronda los $4.160. En la página del trámite, argentina.gob.ar enumera lo que compone el costo: la denuncia, la certificación de firma, el formulario (bonificado) y la solicitud del informe de deuda por multas (formulario 13).
Qué pasa después: los 10 y los 30 días hábiles
- A los 10 días hábiles de la entrega: si declaraste el domicilio del comprador y no pidió la transferencia, el registro le notifica, por carta certificada o en persona, que se pidió la prohibición de circular y el secuestro del auto (Capítulo IV, artículo 5).
- A los 30 días hábiles de esa notificación: el registro dispone la prohibición de circular y el secuestro, manda las órdenes a la Dirección Nacional, que las comunica a la Policía Federal, a las policías provinciales, a las fuerzas de seguridad y a la Aduana, y te avisa por un mail automático del sistema (artículos 6, 11 y 12).
- Si no sabías el domicilio del comprador: no hay notificación, y los 30 días hábiles se cuentan desde que vencieron los 10 días hábiles posteriores a la entrega, o desde que presentaste la denuncia si ya habían pasado (artículo 7).
- Para levantar la medida: sólo cuando el comprador inscribe el auto a su nombre y paga el arancel de «rehabilitación para circular» (3 módulos, más uno por cada año transcurrido, hasta tres); mientras tanto no se emiten cédulas (artículos 13 y 14).
- Rentas y tránsito: antes del día 5 de cada mes el registro notifica las denuncias del mes anterior a los organismos que cobran la patente y las multas, para que cambien el obligado desde la fecha de la denuncia (artículo 4, inciso e; RJA, artículo 27, último párrafo). Conviene igual verificar en el organismo de tu provincia que el cambio se haya hecho.
- Si recuperás el auto: hay que notificarlo al registro con la Solicitud TP o 02 y una declaración jurada (Capítulo IV, Sección 2ª).
Y una regla que no conviene olvidar: desde que comunicás la tradición no podés usar el auto (RJA, artículo 27).
Por qué protege al vendedor
Cuando alguien vende un auto y el comprador se demora —o nunca hace— la transferencia, el vendedor sigue figurando como titular. Eso lo expone a las multas, los peajes y los daños que genere el nuevo poseedor. La denuncia de venta corta esa responsabilidad desde la fecha en que se presenta: lo que pase después es cuenta del comprador.
Es un mecanismo legítimo: un vendedor prolijo que hizo su denuncia de venta hizo lo correcto. El punto para vos, como comprador, es entender cómo eso impacta en tu transferencia.
Por qué al comprador le conviene verificarla
- Confirmá quién es el titular real. Si el que te vende no es el titular registral, entender la cadena de denuncias y poseedores es clave antes de pagar.
- Una denuncia vieja sin cerrar. Un auto que arrastra una denuncia de venta previa, de dueños anteriores, puede tener ya dispuesta la prohibición de circular: inscribirlo a tu nombre suma el arancel de rehabilitación y, si fue secuestrado, los gastos de depósito.
- Coherencia de la documentación. Que la historia registral cierre —titular, poseedor, denuncias— es tan importante como el estado físico del auto.
En resumen: no querés descubrir en la ventanilla del registro que la transferencia es más complicada de lo que te dijeron. Verificarlo antes te deja pedir que ordenen la documentación, o elegir otro auto.
¿Se puede transferir un auto con denuncia de venta?
Sí. Si se presenta a inscribir la transferencia una persona distinta de la denunciada como compradora, se inscribe igual mientras tenga la documentación y no haya denuncia de robo (Capítulo IV, artículo 9): el formulario 08 firmado por el titular sigue valiendo. Si ya se dispuso la prohibición de circular, al inscribir se paga además la rehabilitación. Y si el vendedor desapareció y el comprador tiene la posesión, existe la «denuncia de compra y posesión» (Capítulo V): una transferencia condicional, que se revierte si el titular anterior se opone dentro de los 24 meses.
Cómo se verifica
La situación registral del vehículo —titular vigente, denuncias de venta y de compra con su fecha, prohibición de circular, inhibiciones— se refleja en el informe de dominio oficial, que trae los mismos datos que el certificado de dominio (Digesto, Título II, Capítulo VII, artículo 2, ítems 11 y 12). Consultarlo por la patente antes de firmar te muestra si la cadena está limpia o si hay algo que resolver.
Otras situaciones, explicadas igual
Cada una arranca por el problema concreto y termina en qué te toca hacer.

Lo que el vendedor no te cuenta no está en la chapa: está en la deuda, en los papeles y en el kilometraje. Ahí es donde se mira.
Qué revela el informe del vehículo
Un solo PDF cruza lo que hoy está partido en decenas de organismos. Esto es lo que vas a ver:
Preguntas frecuentes
Lo que la gente pregunta antes de comprar.
¿La denuncia de venta se puede hacer online?
¿Para qué sirve la denuncia de venta?
¿Cuánto cuesta la denuncia de venta?
¿Se puede transferir un auto con denuncia de venta?
Vendí el auto hace años y nunca hice la denuncia, ¿todavía puedo?
¿La denuncia de venta es algo malo para el que compra?
¿Dónde se ve si hay una denuncia de venta?
Fuentes
- Denunciar la venta de un automotor (argentina.gob.ar): requisitos, en línea o presencial, 48 horas, costo
- Digesto DNRPA, Título II, Capítulo IV: denuncia de venta (arts. 1 a 27: contenido, plazos, prohibición de circular, secuestro, denuncia electrónica e instructivo)
- Régimen Jurídico del Automotor (Decreto-Ley 6582/58, t.o. Decreto 1114/97), artículo 27
- Aranceles del DNRPA vigentes desde el 1-sep-2026 (anexos en módulos MRPA)
- Resolución 308/2026 del Ministerio de Justicia: el módulo MRPA vale 0,5 UVA y se actualiza cada cuatro meses
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Fuentes oficiales citadas arriba · patentedigital.com