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SEGURO DE AUTO · OBLIGATORIO

Seguro obligatorio del auto: qué dice la ley, qué cubre y cómo saber si un auto lo tiene

El seguro obligatorio es el de responsabilidad civil contra terceros: lo exige la Ley de Tránsito para todo automotor, acoplado y moto, lo regula la Superintendencia de Seguros y se controla con un comprobante que hoy puede ser digital. Acá va lo que dice la ley, lo que cubre y lo que no, qué pasa si circulás sin él y cómo verificar, por patente, si un auto lo tiene vigente.

Fuentes verificadas · 16-oct-2026

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Seguro obligatorio del auto: qué dice la ley, qué cubre y cómo saber si un auto lo tiene
OBLIGATORIO · AB 032 NN
Qué cubreDaños a terceros
ComprobantePapel o digital (art. 40)
Sin seguroFalta grave (art. 77)
Cómo verificarloMi Seguro, por patente
Respuesta rápida

Todo automotor, acoplado o semiacoplado debe estar cubierto por un seguro que cubra los daños causados a terceros, transportados o no, con las condiciones que fija la Superintendencia de Seguros; es anual, se contrata con cualquier aseguradora autorizada y exige la revisión técnica previa (Ley de Tránsito, art. 68). Hay que llevar el comprobante vigente, en papel o digital (art. 40 inc. c), y circular sin el seguro obligatorio vigente es una falta grave (art. 77 inc. f). Para saber si un auto lo tiene, la Superintendencia tiene la app Mi Seguro, que consulta la vigencia por patente.

Qué dice la Ley de Tránsito

El artículo 68 de la Ley 24.449 es corto y dice casi todo:

  • «Todo automotor, acoplado o semiacoplado debe estar cubierto por seguro, de acuerdo a las condiciones que fije la autoridad en materia aseguradora, que cubra eventuales daños causados a terceros, transportados o no.» Para las motos rige igual.
  • Es anual y «podrá contratarse con cualquier entidad autorizada para operar en el ramo», que debe entregar el comprobante.
  • Antes se exige la revisión técnica obligatoria, o que el vehículo esté en condiciones reglamentarias de seguridad si no se hizo en el año previo.
  • Los gastos de sanatorio o velatorio de terceros «serán abonados de inmediato por el asegurador».
  • Prevé un sistema de prima variable, que «aumentará o disminuirá, según haya el asegurado denunciado o no el accidente».

Las condiciones y los límites de esa cobertura mínima los fija la Superintendencia de Seguros por resolución, y se actualizan; la propia Superintendencia remite a su normativa vigente para los montos.

Qué cubre y qué no

Cubre los daños que tu auto le causa a otras personas: al otro vehículo, a un peatón, a los pasajeros de tu auto (salvo cónyuge, hijos, padres y hermanos, según la guía oficial). No cubre ningún daño de tu propio auto, ni su robo, ni su incendio: eso es optativo y se agrega con terceros completo o todo riesgo (qué cubre cada nivel). Y no cubre nada si al momento del accidente el seguro estaba vencido o impago, ni el siniestro provocado con dolo o culpa grave (Ley de Seguros, art. 70).

El comprobante: qué llevar y en qué formato

La ley exige llevar «el comprobante de seguro, en vigencia», que «podrá ser exhibido en formato papel impreso o digital a través de dispositivos electrónicos» (art. 40 inc. c). Según la guía oficial, el comprobante lleva el número de póliza y de endoso, los datos de la aseguradora, la vigencia con fecha y hora de inicio y de fin, y los datos del vehículo: tipo, marca, dominio, motor y chasis. Ante un control, la Superintendencia acepta la póliza física o digital o el último recibo de pago vigente. La versión digital oficial está en Mi Argentina: la credencial del seguro de los vehículos que conducís, seas titular o autorizado, con un código QR que se renueva cada 24 horas y vale como la física (Resolución SSN 517/2019); sólo aparece si el seguro está vigente.

Qué pasa si circulás sin seguro

Circular «sin el seguro obligatorio vigente» es una falta grave según la Ley de Tránsito (art. 77 inc. f), con la sanción que fije cada jurisdicción. Pero la consecuencia más cara no es la multa: si chocás sin seguro, los daños a terceros los pagás de tu bolsillo, y si tenías seguro pero estaba impago o vencido, la aseguradora no cubre. Por eso el comprobante lleva hora de inicio: un auto recién comprado tiene que tener la póliza vigente desde el momento en que sale a la calle, así se hace.

Cómo saber si un auto tiene seguro vigente

Hay tres caminos, y ninguno es nuestro informe:

  • La app Mi Seguro, de la Superintendencia de Seguros: consulta por patente si el seguro obligatorio está vigente, con la aseguradora, según lo que informan las compañías; nació para que las fuerzas de seguridad verifiquen sin pedir papeles. Los datos pueden tener demora.
  • Mi Argentina: si el auto está a tu nombre o estás autorizado a conducirlo, la credencial digital del seguro aparece en «Mis vehículos».
  • La Superintendencia no informa por mail qué aseguradora tiene una patente: dice que sus bases son confidenciales y remite al Registro del Automotor. Lo que sí publica es la lista de aseguradoras y productores habilitados, para verificar a quién le estás pagando.

Nuestro informe no consulta la vigencia del seguro. Lo que sí trae, para el que va a asegurar un usado, es lo que la aseguradora va a mirar: el titular, la denuncia de robo, la prenda, la valuación oficial para la suma asegurada, la radicación y si figura con GNC habilitado, más una estimación orientativa de la prima mensual del modelo. Seguro para un auto recién comprado.

Entrega de llaves de un auto usado

La aseguradora paga una pérdida total al titular registral. Si el auto no está a tu nombre, primero el Registro; después el seguro.

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS · PREGUNTAS FRECUENTES

Qué revela el informe del vehículo

Un solo PDF cruza lo que hoy está partido en decenas de organismos. Esto es lo que vas a ver:

Deuda de patente
impuesto automotor
Multas e infracciones
fotomultas y radares
Titular y dominio
informe oficial DNRPA
Radicación
dónde está inscripto
Prendas y embargos
gravámenes que traban
VTV vigente
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Kilómetros y valuación
precio de mercado
Fallas de fábrica
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Recibís el informe
el PDF Express en 2 a 5 minutos; el Informe de Dominio oficial, en 1 a 2 días hábiles.

Preguntas sobre el seguro obligatorio

Lo que la gente pregunta antes de comprar.

¿Qué seguro es obligatorio para un auto?
El de responsabilidad civil contra terceros: todo automotor, acoplado o moto debe estar cubierto por un seguro que pague los daños causados a terceros, transportados o no, con las condiciones que fija la Superintendencia (Ley 24.449, art. 68).
¿Qué pasa si me para un control y no tengo seguro?
Circular sin el seguro obligatorio vigente es una falta grave (Ley 24.449, art. 77 inc. f) y la sanción la fija cada jurisdicción. Si lo tenés, alcanza con mostrar el comprobante vigente, en papel o digital, o el último recibo pago.
¿Cómo sé si un auto tiene seguro vigente?
Con la app Mi Seguro de la Superintendencia, que consulta por patente la vigencia del seguro obligatorio y la aseguradora. Si el auto es tuyo o estás autorizado a conducirlo, la credencial digital está en Mi Argentina. La Superintendencia no informa la aseguradora de una patente por mail.
¿El seguro obligatorio cubre el robo de mi auto?
No. Cubre sólo los daños a terceros. El robo, el incendio y los daños propios son coberturas optativas que se agregan con terceros completo o todo riesgo.
¿Vale el seguro en formato digital?
Sí. La Ley de Tránsito admite el comprobante en papel o digital (art. 40 inc. c), y la credencial de Mi Argentina, con su QR, tiene la misma validez que la física (Res. SSN 517/2019), siempre que el seguro esté vigente.
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