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MULTAS · REGISTRO DEL AUTOMOTOR

Formulario 13D: qué es el informe de multas y cómo se usa al transferir

La Solicitud Tipo 13-D (o 13D) es el formulario con el que el Registro del Automotor informa la deuda por multas de tránsito de un auto. Te explicamos quién la pide, qué pasa si aparecen multas al transferir, cuánto dura el certificado y qué multas no muestra, según el reglamento del DNRPA.

Según el Digesto del DNRPA · 2026

dominio
AA123CD
Revisar las multas de un auto usado antes de la transferencia
SOLICITUD TIPO 13-D
Qué consultaSUGIT
Qué informaMultas exigibles
Sin multasCertificado
Vigencia30 días
Respuesta rápida

La Solicitud 13-D es el informe de deuda por multas de tránsito del Registro del Automotor: el registro consulta el SUGIT y te informa las multas exigibles. Si no hay ninguna, la 13-D firmada y sellada es el certificado de que no hay actas pendientes, y vale 30 días. Al transferir se pide si el titular o el comprador lo marcan en el 08; si aparecen multas, se pagan, se justifican o se firma la negativa de pago, y el registro entrega igual la documentación.

Multas por patente: dónde se consultan en cada provincia →

Qué es el formulario 13-D

La Solicitud Tipo 13-D —también escrita 13D— es el formulario con el que se pide al Registro del Automotor el informe de deuda por multas de tránsito de un vehículo. Lo puede pedir cualquier interesado, no sólo el titular. El registro consulta el Sistema Unificado de Gestión de Infracciones de Tránsito (SUGIT) y te informa las multas exigibles: las que el registro puede cobrar, más las que el organismo marcó como de comparecencia obligatoria ante su juzgado.

Si no hay deuda, el registro imprime la consulta en la 13-D y el encargado la entrega firmada y sellada: es el certificado de inexistencia de actas pendientes de resolución, lo que se suele llamar «libre deuda de infracciones». Vale 30 días corridos, y mientras está vigente evita que el registro tenga que volver a consultar.

Cuándo se pide

En cualquier momento, como informe suelto. Y al transferir: el informe se pide si el titular o el comprador lo marcan en el espacio previsto del formulario 08. No es un paso obligatorio de la transferencia, pero si se pide, el resultado se resuelve antes de que el registro entregue la documentación.

El reglamento prevé también pedirlo por internet, por el sistema de trámites electrónicos del DNRPA. Cuando lo probamos, en abril de 2026, ese informe no figuraba entre los que ofrecía el sistema: antes de contar con eso, preguntá en el registro.

Qué pasa si aparecen multas

Esquema: al transferir se pide el informe de multas; si hay multas exigibles, quien compra las paga, las justifica o firma la negativa de pago, y en todos los casos el registro entrega la documentación
Qué pasa con las multas al transferir, según el Digesto del DNRPA (Título II, Parte Quinta).

Si el SUGIT muestra multas, el registro te las informa en un «papel de trabajo». Para las exigibles tenés tres caminos:

  • Pagarlas en el registro: el pago queda impreso en la 13-D.
  • Justificarlas con documentación de la autoridad competente que habilite a seguir el trámite sin cobrarlas, emitida dentro de los 90 días corridos anteriores.
  • Firmar la negativa de pago en la 13-D, ante el encargado. Te entregan igual la documentación y queda constancia en el registro. Si el titular o el comprador no van al registro, esa manifestación se hace ante escribano.

La negativa no borra las multas: deja constancia de que las conocías y decidiste no pagarlas en el registro.

Lo que encontramosDe los 109 autos que revisaron nuestros clientes entre mayo de 2026 y octubre de 2026, 55 tenían al menos una multa (1 de cada 2).

Qué multas no muestra

El SUGIT sólo tiene lo que cargan los organismos provinciales y municipales que se sumaron por convenio, y sólo las multas exigibles: el reglamento les prohíbe cargar las prescriptas. Las anteriores a que el vendedor fuera titular salen en un informe complementario histórico, con la aclaración de que no son exigibles en el registro y se resuelven en el juzgado de faltas que corresponda. Y las de los municipios u organismos que no cargan en el SUGIT, directamente no aparecen.

Antes de ir al registro

Por eso conviene ver las multas por la patente antes de la firma, en cada organismo: así sabés con qué te vas a encontrar y podés pedirle al vendedor que las pague. En la guía de multas por patente está la consulta oficial de cada provincia. Nuestro informe junta las multas de Argentina, Brasil y Uruguay con la deuda de patente y la VTV, y llega en 2 a 5 minutos. No reemplaza la 13-D: no es un certificado del registro, es lo que te conviene saber antes de llegar.

Entrega de llaves de un auto usado

Mejor enterarse de las multas antes de firmar que en la ventanilla del registro.

POR QUÉ SE MIRAN ANTES

Qué revela el informe del vehículo

Un solo PDF cruza lo que hoy está partido en decenas de organismos. Esto es lo que vas a ver:

Deuda de patente
impuesto automotor
Multas e infracciones
fotomultas y radares
Titular y dominio
informe oficial DNRPA
Radicación
dónde está inscripto
Prendas y embargos
gravámenes que traban
VTV vigente
última verificación
Kilómetros y valuación
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Fallas de fábrica
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Cómo se hace, paso a paso

1
Ingresás la patente
sin registrarte, sin dar tus datos.
2
Cruzamos las fuentes
hasta 24 jurisdicciones, más el pedido al DNRPA.
3
Recibís el informe
el PDF Express en 2 a 5 minutos; el Informe de Dominio oficial, en 1 a 2 días hábiles.

Preguntas sobre el formulario 13D

Lo que la gente pregunta antes de comprar.

¿Qué es el formulario 13D?
Es la Solicitud Tipo 13-D del Registro del Automotor: con ella se pide el informe de deuda por multas de tránsito de un auto. El registro consulta el Sistema Unificado de Gestión de Infracciones de Tránsito (SUGIT) y te informa las multas exigibles. Si no hay ninguna, la 13-D firmada y sellada sirve como certificado de que no hay actas pendientes.
¿Es obligatorio para transferir un auto?
No. Al transferir, el informe se pide si el titular o el comprador lo marcan en el espacio previsto del formulario 08. Si se pide y aparecen multas exigibles, se pagan, se justifican o se firma la negativa de pago, y el registro entrega igual la documentación.
¿Cuánto dura el certificado?
Treinta días corridos. Mientras está vigente, presentarlo evita que el registro vuelva a consultar. Para un comerciante habitualista que compra para revender, dura ciento ochenta días.
¿Qué pasa si aparecen multas y no las quiero pagar?
Firmás la negativa de pago en la misma Solicitud 13-D, ante el encargado del registro, y te entregan igual la documentación. La negativa no borra las multas: deja constancia de que las conocés y decidís no pagarlas en el registro.
¿Aparecen las multas del dueño anterior?
Las generadas antes de que el vendedor fuera titular salen en un informe complementario histórico, con la aclaración de que no son exigibles en el registro: se resuelven en el juzgado de faltas que corresponda. Igual el registro puede cobrarlas si se lo pedís.
¿El 13D muestra todas las multas del país?
No. Muestra las que cargan en el SUGIT los organismos provinciales y municipales que se sumaron por convenio, y sólo las exigibles. Las de otros municipios, provincias o rutas pueden no aparecer: por eso conviene consultarlas también por la patente en cada organismo.
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